Conforme al Artº 25 del Decreto 13/2020, de 18 de mayo, el establecimiento dispone del siguiente Reglamento de Régimen Interior que será de obligado cumplimiento para los clientes del establecimiento.
El artículo 25 del Decreto 13/2020 dispone:
1. Los clientes están obligados a presentar documento de identificación en el momento de su admisión en el establecimiento hotelero.
2. A todo usuario del establecimiento, antes de su admisión, le será entregado un documento de admisión que debe ser firmado obligatoriamente por el cliente y en el que consta el nombre, categoría y número de inscripción del establecimiento, número o identificación de la unidad de alojamiento, número de personas que la van a ocupar, régimen alimenticio, fechas de entrada y salida, y el precio del alojamiento si el cliente ha contratado directamente con el establecimiento hotelero. El documento de admisión, una vez firmado, será conservado por el establecimiento.
3. A la firma del documento de admisión, o contrato de hospedaje, le será entregada una tarjeta de identificación, (en aquellos establecimientos donde se utilice la misma para la prestación de los servicios contratados), la cual es imprescindible presentarla si desea hacer uso de ellos.
4. Obligaciones de las personas usuarias de servicios turísticos:
Las personas titulares de los establecimientos podrán impedir el acceso y la permanencia en los mismos de las personas usuarias que incumplan o hayan incumplido con anterioridad alguno de los deberes siguientes (art. 36.3 y 22 Ley del Turismo 13/2011)
5. El establecimiento hotelero podrá solicitar garantía previa de pago, indistintamente por cualquiera de estos medios: tarjeta de crédito, transferencia, etc., por los servicios contratados, tanto por la totalidad de la reserva como por la de los extras.
6. La jornada hotelera comienza a las 12:00 horas del primer día del período contratado y finaliza a las 12:00 horas del día señalado como fecha de salida. En fechas de máxima ocupación del establecimiento, se podrá retrasar la puesta a disposición del usuario de la unidad de alojamiento por un período de tiempo no superior a tres horas. Sin previo acuerdo, no se admitirá la prolongación en su ocupación por tiempo superior al contratado. Caso de que exista acuerdo se deberá abonar el importe de una jornada completa.
7. No se permitirá la estancia de dos personas en una habitación doble que se hubiera contratado como individual. En ese caso, se abonará la tarifa fijada para el uso doble.
8. El establecimiento hotelero dispone de servicio de caja fuerte de seguridad para la custodia de dinero y objetos de valor, los cuáles podrán ser depositados en Recepción contra recibo. El establecimiento no se hace responsable de la pérdida o sustracción de dinero u objetos de valor que no se encuentren depositados en la citada caja de seguridad.
9. El horario de limpieza de las habitaciones es de 9,30 hasta las 15, 00 horras. No está permitido otro uso de las toallas de la habitación que el de la higiene personal.
10. Se prohíbe fumar en el establecimiento, a excepción de lo permitido en la Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo, así como en la ley 42/2010, de 30 de diciembre que la modifica.
11. Se prohíbe introducir comidas o bebidas en el establecimiento hotelero para ser consumidas en el interior del mismo.
12. Se prohíbe el acceso de personas acompañadas de animales sin autorización expresa del establecimiento, a excepción de las personas acompañadas de perros guías, conforme establece la Ley 5/1998, de 23 de noviembre, relativa al uso en Andalucía de perros guía por personas con disfunciones visuales.
13. En su caso, el mando a distancia del televisor podrá ser retirado de recepción bajo depósito de 10 euros, que serán devueltos a la salida una vez entregado el comprobante del depósito y el mando en recepción.
14. Para aquellos servicios del establecimiento destinados tanto a clientes como al público en general, se impedirá el acceso y/o la permanencia de personas, en los siguientes supuestos:
a) Cuando el aforo establecido se haya completado con los usuarios que se encuentren en el interior del recinto o establecimiento.
b) Cuando se haya superado el horario de cierre del establecimiento.
c) Cuando se carezca de la edad mínima establecida para acceder al local, según la normativa vigente.
d) Cuando la persona que pretenda acceder no haya abonado la entrada o localidad en los casos en que ésta sea exigible.
e) Cuando la persona manifieste actitudes violentas, en especial, cuando se comporte de forma agresiva o provoque altercados, origine situaciones de peligro o molestias a otros asistentes.
f) Cuando la persona no reúna unas condiciones mínimas de higiene.
g) Cuando la persona porte armas u objetos susceptibles de ser utilizados como tales, salvo que de conformidad con lo dispuesto en cada momento por la normativa específica aplicable, se trate de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o de escoltas privados integrados en empresas privadas y accedan al establecimiento en el ejercicio de sus funciones.
h) Cuando la persona esté consumiendo drogas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas, o muestren síntomas de haberlas consumido, y los que muestren signos o comportamientos evidentes de estar embriagados. Igualmente será causa de expulsión cuando ocasionen desperfectos malintencionados en las instalaciones, escándalo, bullicios, especialmente ante quejas de otros usuarios a los que perturbe su tranquilidad e intimidad.
15. En todos estos casos, el establecimiento hotelero podrá recurrir al auxilio de la autoridad policial competente.
16. No obstante, y en los casos descritos anteriormente, la persona queda obligada al abono de los gastos que haya generado hasta el momento de la prohibición de acceso o permanencia en el establecimiento.
17. Al aparcar el vehículo se deberá ocupar una sola plaza de aparcamiento. El uso de la zona de aparcamiento destinada a minusválido deberá justificarse con la exhibición en el interior del vehículo de la preceptiva tarjeta.
18. El garaje es un servicio para los residentes del establecimiento cuyo uso está condicionado al pago de la tarifa que tenga estipulada el mismo y a la disponibilidad de plazas. El Establecimiento no se hace responsable de los daños producidos o recibidos en los vehículos que utilicen el servicio de garaje ni de los objetos depositados dentro de los mismos, así como del robo del propio vehiculo.
19. El horario del restaurante es:
Desayuno:de 8,30 a 11,00 horas.
Almuerzo: de 13,00 a 16, 00 horas.
Cena:de 20,00 a 0,00 horas
20. No se permite sacar alimentos del restaurante ni el acceso al interior o a sus terrazas con el torso descubierto ni con vestuario o calzado inadecuado.
21. El horario del servicio de habitaciones es de 9,30 a 16,00 horas y de 20,00 a 23,00 horas.
22. El horario de la piscina es de 10,30 a 20,00 horas. En caso de celebraciones en el jardín, el horario se reduce hasta las 19,00 horas. Se prohíbe el baño fuera de ese horario. No se permite el uso del jacuzzi ni de la piscina cubierta a los menores de edad.
23. El acceso a la piscina sólo estará permitido a clientes alojados.
24. Es obligatorio el uso de la ducha antes de bañarse en la piscina.
25. El uso de las tumbonas de la piscina es gratuito, sin que puedan ser reservadas antes de las 10,30 horas. El personal del establecimiento hotelero podrá retirar las tumbonas que no se usen durante al menos 30 minutos consecutivos, siempre que hubiera otros usuarios esperando para ocuparlas y trasladar los enseres personales que en ella hubiera a la recepción.
26. Se prohíbe el uso de las toallas de la habitación para la piscina o la playa. El establecimiento pone gratuitamente a disposición de sus clientes toallas para uso exclusivo de la piscina o playa, previo depósito, en su caso, de 10 euros, el cual le será devuelto una vez entregado el comprobante del depósito y la toalla en recepción. En caso de pérdida o deterioro de la toalla, el cliente no recuperará el depósito.
27. Queda prohibido introducir vasos u otros objetos de cristal en la zona de las piscinas y su entorno.
28. No se permite introducir flotadores o colchonetas hinchables en la piscina.
29. Está prohibido el consumo de bebidas en la piscina, si éstas no han sido adquiridas en el propio establecimiento hotelero.
30. Para cualquier tipo de dudas o cuestiones relativas al funcionamiento del establecimiento podrá dirigirse a nuestro personal de recepción, que le atenderá y en su caso le contactará con la persona habilitada para resolver su duda o cuestión, siendo el Director/a el máximo responsable del Hotel.
31. Podrá informarse en recepción de excursiones, servicios y experiencias prestados por empresas ajenas a la explotadora del establecimiento. Este establecimiento no se hace responsable de los servicios prestados por empresas ajenas.
32. Todas las instalaciones y servicios ofrecidos por el establecimiento cumplen con las medidas de seguridad estipuladas al efecto, garantizando y favoreciendo su seguridad.
Los datos personales de los clientes serán tratados con fines de reserva, prestación y cobro de servicios hoteleros y en el caso de tener su consentimiento expreso, envío de información sobre ofertas y servicios propios del hotel, pudiendo ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión (olvido), portabilidad de los datos, limitación y oposición a su tratamiento, con sólo solicitarlo por cualquier medio al establecimiento hotelero conforme al Reglamento (EU) 2016/679 (RGPD) y a la Ley Orgánica (ES) 3/2018 (LOPDGDD).